¿Por qué tratar de manera específica el tema de la modernización de la justicia?
El no haber comprendido la profundidad del proceso ha llevado a una implementación parcial de la reforma, existe una brecha entre los logros alcanzados y su potencial. No se trata de un mero cambio en la ley, ni siquiera se agota con una revisión de la forma como ejercen su oficio abogados y jueces, en realidad es una variación en el modelo de servicio público de administración de justicia. Este viraje afecta a aspectos tan distintos como la educación que hoy imparten las universidades, el perfil de los profesionales que debe integrar el sector justicia, la incorporación de nuevas tecnologías, la forma como se ejerce la profesión y los modelos funcionales de las instituciones. Por injusto que parezca, para que el nuevo diseño procesal se requiere que todos sus engranajes lo hagan, en tanto que para minar su funcionamiento basta que uno no funcione.
No ha existido un equilibrio entre la reforma legal y la implementación, el ejemplo más dramático se dio en la reforma penal, a pesar de que la primera reforma se dio en el año 2.000, fue apenas en el 2007 cuando se crea la defensa pública; durante muchos años este ejemplo se convirtió en paradigmático del nivel que puede alcanzar la despreocupación por la reforma. Sin embargo sigue habiendo problemas serios, con frecuencia se justifica los bajos niveles de productividad por una supuesta falta de personal, sin reflexionar en los dispendios de recursos que existe. Si como ejemplo se parte del personal que rodea a cada juzgado y tribunal penal, ¿qué hacía en el viejo sistema?, su actividad central puede resumirse en «confeccionar expedientes»; si ahora los «expedientes» se elaboran en la fiscalía, ¿Qué hace ese personal?, al haber sido eliminada la mayor parte de su trabajo, los funcionarios han tenido que «inventar tareas», por ejemplo no es raro que hayan decidido realizar transcripciones textuales de las audiencias como actas, cuando la ley prevé que sean breves extractos. Hay puestos que en si mismos son discutibles, si la fiscalía es una parte procesal, ¿podrá tener «secretarios»?, ¿las partes dan fe de lo sucedido? Este dispendio de recursos convive con tareas que no se realizan por falta de funcionarios que asumas funciones básicas, por ejemplo: ¿quién en la fiscalía hace un seguimiento que la policía cumpla con las delegaciones, ¿quién es el encargado de proveer de la información a fiscales y defensores la situación personal del procesado dentro de las 24 horas para tomar la decisión depresión preventiva?
Lamentablemente estos problemas parece que se van a repetir con el COGEP, resulta frustrante que luego de la experiencia penal, sea tan pobre el proceso de implementación que se realiza para un proyecto ambicioso como el cambio del modelo procesal en todas las materias. Si solo se analiza la labor de preparación en litigación oral para los abogados, salvo algún evento esporádico de difusión la institucionalidad estatal no ha cumplido su labor, las universidades también tienen una deuda trascendente en este tema, siguen titulando profesionales sin adiestramiento en habilidades profesionales
