¿Es posible tener un Código único de procesos?

¿Es factible adoptar un esquema procesal para materias jurídicas distintas? 

Sí, porque los trámites judiciales se diseñan para alcanzar un objetivo único: materializar los principios del debido proceso. No interesa que los puntos en litigio sean diversos, lo trascendente es que el procedimiento otorgue garantías suficientes para que toda persona pueda hacer valer sus derechos. Si como premisa se toma el mandato constitucional de que todo trámite judicial debe ser oral, ¿Será posible que un tramite administrativo, laboral, de niñez o tributario no se resuelva en una audiencia de juicio?, ¿hay alguna razón para que una pregunta capciosa sea objetable en una materia y en otra no?, ¿en qué rama jurídica se debería otorgar a las partes el derecho a realizar una alegato final y en cuál no?